Al
Vichada se llega de varias formas: La primera
opción, la más cómoda, es viajar por aire. Se puede tomar un vuelo semanal de
Satena que conecta a Bogotá con Puerto Carreño, en la frontera con Venezuela.
Una vez viajé de Cali a Guapi en una de las avionetas operadas por la Fuerza
Aérea[1]
y no me pareció una experiencia particularmente cómoda ni segura. De uno de los
motores salía humo negro constantemente, las corrientes de viento sacudían a la
pequeña aeronave con violencia y casi se podían rozar las copas de los árboles
con las alas. En todo caso, esa es la mejor opción que tiene quien debe visitar
un municipio del que muchos incluso desconocen la ubicación. Si perdió el vuelo
de Satena, tiene que viajar primero a Villavicencio. En el aeropuerto
Vanguardia[2]
encontrará empresas como JuanAro, Aerostar, Sadelca y Selva, que ofrecen vuelos
chárter en avionetas Cessna[3]
o un pintoresco viaje en vetustos (digo, robustos) Douglas DC-3 o “modernos”
Antonov AN-26 que tienen pura pinta de Guerra Fría. Los vuelos son escasos, costosos y no están
sometidos a las lógicas burocráticas que gobiernan los aeropuertos
internacionales a los que ustedes, mis estimados lectores, deben estar tan
acostumbrados. El avión despega cuando al piloto se le da la gana que despegue.
De las otras dos opciones no sé mucho. La segunda es un viaje en “yate” (no
piense en Islas del Rosario, es más bien un planchón) de más de seis horas que
solo está disponible en invierno, cuando el río es navegable. La tercera es un
viaje por tierra, en su propia camioneta 4x4. No hay carreteras. No hay mapas.
Hay planicies inagotables y mucho, muchísimo, barro. Solo se puede viajar en
verano y si no se va acompañado de una persona de la zona, que pueda navegar
las crípticas huellas que dejan los camiones, puede ser un paseo que termine
mal. Muy mal.
Este
departamento gigantesco y fértil como pocos, pero abandonado por y para siempre,
es el escenario de la reciente adquisición de tierras por parte de un rico
ingenio azucarero del Valle: Riopaila Castilla. Con la asesoría legal de una de
las firmas más rimbombantes del país, Brigard & Urrutia, la empresa compró montones
de predios adjudicados por el INCODER a colonos y campesinos de la región, Unidades
Agrícolas Familiares (UAF) que se entregan individualmente y no pueden
agruparse de ninguna manera[4].
Y la
polémica se desató, con renuncia de embajador ante Estados Unidos y denuncia
penal en su contra incluidas: De un lado, Francisco Uribe (el abogado del
diablo, el mal hecho persona, todo aquello que todos piensan sobre los abogados
en carne y hueso) sostuvo que las adquisiciones fueron ajustadas a derecho. Una
sola persona (jurídica) se convirtió en propietaria de cada UAF, como dice la
ley. ¿El secreto? Todas las SAS constituidas para celebrar los negocios
jurídicos están bajo el control de Riopaila gracias al “sofisticado” (¿me lo
puede explicar otra vez?) diseño de un esquema empresarial en el que éstas se
subordinaron a una sociedad holding.
De otro
lado, un pueblo históricamente preocupado por el campo y comprometido con la
equidad, la justicia social y el acceso democrático a la propiedad privada
(¿no?), alzó su voz en contra de un negocio tan inmoral, ilícito y malvado.
¿Cómo se atreven a quitarle la tierra a los campesinos?
Pero, de
verdad, ¿quién ha pensado en los campesinos?
La
distribución de la tierra, siempre lo sostendré, ha sido una fuente inagotable
de desigualdad y violencia. Tal vez si no se hubieran vendido enormes
extensiones a criollos pudientes para salvar a la naciente República de su
deuda externa en los 1800, el país sería otro. Si la Ley 200 de López Pumarejo
no hubiera sido objeto de contrarreformas seríamos una potencia mundial. Si la “gente
del campo” (ese otro al que tratamos con tanto candor) hubiera podido tener
tierras productivas y no hubiera imperado el latifundio, si los dueños de la
tierra no hubieran perseguido a los colonos con perros, escopetas y teas
ardientes para quedarse con los predios arrebatados a la selva a punta de
machete, no habría pobreza, ni narcotráfico, ni FARC, ni paras, ni guerra. Desvarío.
También
lo hacen quienes, a lado y lado del escándalo, se tiran dardos sin detenerse a considerar
la situación de las familias campesinas que estuvieron involucradas en estos negocios[5].
El Vichada es un departamento hermoso y rico. Pero está abandonado. Es la
periferia de la periferia. Ni siquiera tiene carreteras, gente. NO. HAY.
CARRETERAS. ¿Cuánto creen que le cuesta a un campesino producir, transportar y
comercializar sus bienes?, ¿quién paga esa inversión?, ¿le queda un rendimiento
suficiente a ese campesino para sostener a su familia? Ambos lados, en cuanto a
argumentos, son tan estériles que es irónico que hablen del Vichada.
La
desigualdad en Colombia no se refiere únicamente a la carencia de propiedades,
sino al provecho sustantivo que se pueda obtener de las mismas. Los costos de
transacción hacen casi imposible que el titular de una UAF ubicada a seis horas
de Cumaribo pueda lucrarse de la producción agrícola. En cambio, enajenar estas
tierras le puede representar cientos (hasta miles) de millones de pesos,
abriéndole paso a la movilidad social que tener “una tierrita” en la mitad de
la nada le niega. ¿Es esto realmente contrario a la función social que debe
cumplir la propiedad privada según el artículo 58 de la Constitución?
Este
episodio (¿cuál no?) invita a ir más allá de la atribución de
responsabilidades. Después de todo, quien decide si alguien violó la ley es un
juez, no nosotros. Nosotros deberíamos notar lo que está a la sombra del mal
llevado debate: La pregunta, todavía irresuelta, sobre qué debemos hacer con el
campo.
02-08-2013
15:12
[1] Esas que se convierten en la única
opción para llegar de manera rápida a regiones de Colombia que parecen no
importarle a nadie y las mismas en las que, coincidencialmente, se
transportaron víctimas inanimadas de los paramilitares en su auge.
[2] Al que llega un vuelo de LAN proveniente
de Bogotá al día.
[3]
Para trabajadores de las petroleras, empleados oficiales o gente que puede
pagar 300.000 pesos por trayecto.
[4] El
artículo 40, numeral 5o de la Ley 160 de 1994 establece: “En ningún caso un
solo titular, por sí o interpuesta persona, podrá ejercer el dominio, posesión
o tenencia a ningún título de más de una (1) Unidad Agrícola Familiar. La
violación de esta prohibición es causal de caducidad”
[5]
Puedo estar equivocado, pero un contrato generalmente requiere el concierto de
voluntades de dos partes.